Domiciliación de tributos
Consulta de tributos domiciliadosUbicación
Carpeta ciudadana del Ayuntamiento
Descripción ampliada
Es un sistema cómodo de pago de los Tributos, el/la contribuyente puede despreocuparse de las fechas de cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y evitar tener que acudir a las oficinas de recaudación o de entidades bancarias.
Éstos son los tributos que se pueden domiciliar:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Precio público de recogida de residuos (SL)
Tasa de uso de aceras (vados)
Tasa de ocupación de la vía pública y elementos anexos (terrazas)
Cualquier otra tasa o tributo periódico
Destinatario
Personas físicas y jurídicas interesadas.
Plazos
El alta, modificación y baja de una domiciliación bancaria puede hacerse en cualquier momento, siendo efectiva para el siguiente cargo no emitido.
Plazo de validez: estará vigente hasta que no se comunique lo contrario.
Nota: La modificación de los datos de domiciliación no será efectiva para los cargos o deudas ya generados en el momento de la modificación.